EPISODIO 07
Discrepancia fiscal: tus gastos hablan
En este episodio de Empresarios de a Pie, conversamos con Gustavo Zavala, especialista en impuestos y director general de Zavala Aguilar, para explicarte qué es la discrepancia fiscal, cómo la detecta la autoridad y qué hacer si recibes una carta de invitación.
Descubre:
- Qué tipos de ingresos y movimientos llaman la atención del SAT.
- Qué pasa si tus gastos superan tus ingresos declarados.
- Qué hacer (y qué NO hacer) si el SAT te notifica una posible discrepancia.
- Recomendaciones para evitar multas y dormir tranquilo.
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CRÉDITOS DE ESTE EPISODIO
Anfitriones:
- Paola García
- Julio Zavala
- Julio Zavala
- Alejandro Félix
- Julio Zavala
Grabación:
- Julio Zavala
- Miguel Alcalá
Arte, diseño y multimedia:
- Miguel Alcalá
TRANSCRIPCIÓN
Paola García [Introducción]: ¿Alguna vez has recibido un depósito de un amigo o familiar, o usaste tu tarjeta para pagar algo que no era tuyo? Aunque no lo creas, esos movimientos pueden meterte en problemas con el SAT. En este episodio te explicaremos qué es la discrepancia fiscal y cuáles son los errores más comunes. Un episodio que puede salvarte de una multa... o algo peor.
[Música]
Pola García: ¿Qué tal? Sean bienvenidos a Empresarios de a Pie. Hoy tendremos un tema muy interesante. Fíjense que vamos a platicar acerca de la discrepancia fiscal. Tus gastos hablan. Me da muchísimo gusto acompañarlos y también le doy la bienvenida a Julio Zavala. Julio, ¿qué tal? ¿Cómo estás?
Julio Zavala: Hola, Paola. Muchas gracias por la presentación. Y hoy tenemos también un invitado de honor que me gustaría que presentaras, por favor.
Paola García: Claro que sí. Tenemos hoy de invitado —estamos de manteles largos, eh— le damos la bienvenida a Gustavo Zavala. Él es Director General de Zavala Aguilar. Bienvenido.
Gustavo Zavala: Muchas gracias. Muy buenos días. Un enorme gusto, Paola.
Paola García: IIgualmente, igualmente. Hoy tenemos un tema muy interesante. Hablaremos acerca de la discrepancia fiscal. Tus gastos hablan. Julio, ¿qué nos puedes decir al respecto? Introdúcenos en este tema, que es muy interesante.
Julio Zavala: Pues mira, en términos simples, la discrepancia fiscal se trata de lo que declaramos ante el SAT y lo que tras bambalinas manejamos. Entonces, en ese sentido, me gustaría que nuestro invitado definiera en términos técnicos qué es la discrepancia fiscal.
Gustavo Zavala: Muy bien. Vamos a platicar, ahora sí que tanto de forma legal como de forma muy práctica, ¿no? ¿Qué es una discrepancia fiscal? De manera muy sencilla, es cuando los egresos son superiores a los ingresos. Esa es una manera muy sencilla, ¿no? Sin embargo, la ley te define cuáles son esos egresos.
Ahora bien, no se trata de que aquí demos una asesoría jurídica. Siempre recomendamos que vayan definitivamente con el especialista para que explique estos conceptos. Pero, de manera muy simple, es que gastes más de lo que ingresa o que erogues más de lo que ganas.
¿Eso es malo? No, no es malo. Lo que es malo es que no tengas forma de justificar de dónde sacaste ese ingreso para gastar más, o que no declares ese ingreso. Explico esto de que no tengas forma de justificar o que no lo declares.
La ley nos maneja seis conceptos que tenemos que cuidar. Un concepto son préstamos, donativos y premios. Tenemos que cuidar esos tres conceptos: préstamos, donativos y premios. Porque si no los declaro… Los préstamos, para empezar, no son ingresos. Es un dinero que alguien me otorgó. Los donativos, bueno, sí es un ingreso, es un ingreso que alguien me regaló, pero por lo regular el donativo está exento entre familia y también tiene ciertas reglas. No son los donativos de manera general.
Y los premios… Los premios también, por lo regular, pagan un impuesto definitivo, y ese impuesto definitivo se encarga de quien te otorgó el premio de pagarlo. Entonces, estos tres ingresos, si de manera individual o conjunta rebasan los $600,000 pesos, los tenemos que declarar.
Ahora, ¿y si no los declaro? Dice la ley: en el caso del préstamo, se va a volver un ingreso gravado; en el caso del donativo, va a perder la exención; y en el caso del premio, el impuesto definitivo se va a volver provisional, o sea, lo vas a acumular.
Luego entonces, pues se vuelve un tema delicado, porque ingresos que tú percibías que no tenían mayor problema, por no haberlos declarado, ya te metiste en un problema.
Ahora, dijimos que son seis ingresos. Esos fueron los primeros tres. Vienen otros tres, que ahora se trata de la enajenación de casa habitación, de las herencias y legados, y de los viáticos. Y estos tienen otras reglas. Estos tres ingresos son ingresos exentos. Y dice la ley: si estás obligado a presentar declaración anual, y en la suma de tus ingresos más estos otros que acabo de mencionar rebasan los $500,000 pesos, los tienes que declarar.
¿Y qué pasa si no los declaro? Pues que, estando exentos, se vuelven gravados. Es decir, la venta de casa habitación… muchas veces piensa uno, en general, por enajenar un inmueble, dices: el notario me retuvo y ya no tengo que hacer nada. No. El notario te retuvo un pago provisional. Tú todavía tienes que presentar una declaración anual.
Y si es tu casa habitación, es todavía peor. Si el ingreso de la venta de casa habitación más tus otros ingresos rebasaron $500,000 pesos, estás obligado a declararlos. Y quiero insistir mucho en esto: no es de que si la venta de la casa habitación excedió de $500,000. Es que, imaginémonos que tú vendiste una casa en $300, pero tuviste ingresos por salarios por $220,000. Entonces, $300 más $220,000 fueron $520,000. Ya rebasaste los ingresos donde tienes que declarar la venta de la casa habitación.
En el caso de las herencias o legados, pues regularmente decimos: “Ah, pues ya me gané una herencia”, o “recibí la herencia de un familiar”, etcétera, etcétera, y se nos olvida que tenemos que declarar ese ingreso. Entonces, son temas que se tornan delicados por el simple hecho de no informar.
En el caso de los viáticos, es un tema un poco más complicado, porque a veces no son tan relevantes los montos. Y también ahí hay unas dudas técnicas de realmente de quién es la responsabilidad: si del patrón o del trabajador. Porque los viáticos… estamos hablando de viáticos laborales, no de los viáticos en general de un prestador de servicios —aunque también hay temas ahí con eso— o de los viáticos de un empresario. No, estamos hablando específicamente del tema viáticos laborales.
Y reitero: hay temas donde también habría que ver el asunto de los honorarios. O sea, desafortunadamente —y afortunadamente— la materia fiscal es bastante complicada. Yo les suelo decir a los clientes, a los alumnos: en materia fiscal, nadie tiene la verdad. Lo único que tenemos son argumentos, elementos y fundamentos. Si tus argumentos son los adecuados, si tus elementos —o sea, tus pruebas, lo que tienes— son los adecuados, y tus fundamentos son los adecuados, no vas a tener problemas. Pero si uno de esos tres falla, entonces vamos a tener una situación no muy divertida.
Julio Zavala: Okay, Gustavo, has comentado muchos temas y quisiera hacer detalle, zoom en alguno de ellos, porque la verdad es que has tocado, por ejemplo, el tema de las herencias, tema de los ingresos por venta de casas, tema de viáticos, otros ingresos que a lo mejor no tenemos en la mira.
Pero al final del día, lo que yo entiendo de esto es: si tú declaras —por ejemplo, platicaste el ejemplo que tú tienes por recibos de nómina— a lo mejor, no sé, $200,000 pesos en el año, y tienes gastos que representan en una totalidad de $300,000 pesos, pues ahí de entrada tenemos un tema, ¿no? Es decir, tenemos una disparidad de lo que tú ganas contra lo que tú estás gastando.
Pero en ese sentido, la pregunta que quiero hacerte es: ¿cómo el SAT detecta esas discrepancias? Es decir, yo podría vivir todo el tiempo con ese Jesús en la boca, de decir “pues ya no puedo gastar todo porque cualquier cosa se me va a acumular”.
Pero ¿cómo es entonces que tendríamos que tener esos cuidados para que el SAT…? No es que no queramos que te detecte, simplemente hacer las cosas de forma correcta. ¿Cómo es que él tiene ese proceso de detección?
Gustavo Zavala: Mira, desde hace ya varios años —y hoy cada vez más— el tema electrónico, el tema de los CFDIs, se ha vuelto la herramienta por excelencia para las autoridades. Tú ahorita lo mencionaste: “Oye, tenemos un monto timbrado”. Ahí está el tema, ahí está el concepto: el CFDI. Entonces, si tenemos CFDIs por 100 pesos y tenemos CFDIs de erogaciones por 300 pesos —los primeros 100 por ingresos, los otros por egresos— pues evidentemente hay una diferencia. De 100 menos 300 son 200. ¿Eso es malo? No. Depende. Porque puede ser que yo, para haber gastado esos 200 en exceso, haya recibido un préstamo. O puede ser que yo haya tenido ingresos de años anteriores en los que hubo excesos, y ahora esos ingresos en exceso, pues los estoy gastando en este año.
Entonces, el tema es que tenga forma de demostrar eso. O sea, no quiere decir que siempre tienes que gastar hasta donde declaraste de ingresos en el año, sino que, si estás gastando más de lo que declaras de ingresos, tengas formas de explicar a qué se debe eso.
Y es que, sin afán de ser demasiado técnico, el contribuyente tiene a lo largo del año una cantidad enorme de conceptos que, técnicamente, tienen muchas definiciones. O sea, le llamamos ingresos totales, ingresos objeto, ingresos no objeto, ingresos gravados, ingresos… O sea, hay un montonal de ingresos que eventualmente, pues, pueden confundirnos.
Entonces, ahorita quedémonos básicamente con que de lo que se trata es de decir: “A ver, ¿puedo justificar que tengo más erogaciones porque me lo prestaron, porque me lo regalaron, porque recibí una herencia, o porque, a la mejor, hace tres años vendí un inmueble y ese inmueble que vendí lo metí en el banco y el dinero que ahorita estoy gastando, pues, obedece a ese ingreso que hace tres años tuve?”. Pero la clave es demostrarlo. Y aquí nos metemos con otro concepto, y es: “Oye, ¿cuánto tiempo tengo que conservar la contabilidad?” Y decimos: regla general, cinco años. Pero tampoco es cierto. O sea, son cinco años en algunos casos, en otros son diez años, y en otros es toda la vida.
Entonces, ahí es cuando ya dices: “Ah, caramba… ¿y cómo sé yo eso?” Bueno, eso lo sabe el contador, y es el que te tiene que decir lo que tienes que cuidar.
Paola García: Y en este sentido, bueno, ¿qué tipos de movimientos pueden llamar la atención del SAT?
Gustavo Zavala: Mira, la autoridad tiene —le llamo yo— muchos chismosos. Entonces, ¿cuáles son esos chismosos? Los notarios, los bancos y tus terceros o proveedores. Ya dijimos que el primer elemento son los CFDIs, pero ahora vamos con los chismosos. Voy, vendo un inmueble. Voy, pido un préstamo y acudo al notario. Ahí tenemos el primer chismoso. Ahora, y no es porque quiera ser chismoso: la ley lo obliga. O sea, la ley fiscal lo obliga y la ley administrativa, con enfoques penales —que es la ley antilavado— también lo obliga.
Entonces, el notario, si no lo hace, se va a ver en problemas. No es que diga yo: “Ah, viniste conmigo y te va a meter en problemas.” No. Pues él simplemente: “A ver, ¿hubo una venta de un inmueble?” Pues él tiene que declarar que hubo una venta de un inmueble. Entonces, ahí tenemos a un primer chismoso. Okay, otro chismoso: los bancos. Hace años estuvo vigente una ley que se llamaba de los depósitos en efectivo. En aquel tiempo, si tú depositabas más de $15,000 pesos en efectivo en una cuenta bancaria, el banco te retenía un impuesto. Y la ley se derogó, y dijimos: “Ah, ya se acabó el tema.” Y yo les digo: “Sí, pero no.” ¿Qué fue lo que pasó? Que la inyección que antes era con aguja, cambió a inyección con gotitas. O sea, ya no lo ves, ya no te duele porque ya no te retiene el impuesto, pero el banco sigue con la obligación, cuando recibe depósitos en efectivo superiores a $15,000 pesos, de reportar.
Ahora, si tú no tienes actividades fiscales —es decir, una actividad económica que justifique la entrada en tu cuenta bancaria de $15,000 pesos— esa es una alerta que el banco manda. “Oye, es que yo he tenido muchos depósitos a lo largo de mi historia y nunca he tenido broncas.” Bueno, imagínate cuánta gente los tiene. Entonces, como todo, esto es una lotería. Pero una lotería mala, ¿no? Entonces, te puede llegar ese tema de ese depósito y dices: “¡En la torre!” Hablamos de ese primer filtro. Luego viene otro filtro, que son $100,000 pesos en efectivo. Ese es otro filtro que deriva de una ley fiscal, pero que también se vincula con normativas, con circulares bancarias. Los bancos también tienen ciertas circulares —ahora por tema de lavado de dinero, ya no de ley antilavado— son circulares de otra naturaleza donde también informa precisamente al SAT, pero no al SAT en su calidad de autoridad fiscal, sino ahora al SAT en su calidad de administradora de temas de ley antilavado. Sí. Entonces, ahí tenemos al segundo chismoso, que son los bancos.
Otro ejemplo con los bancos: si tú tienes un dinero invertido en el banco, el banco te va a pagar un rendimiento. Y la forma como el banco te retiene es sobre el monto del capital invertido. Entonces, si te retiene el banco —vamos a pensar ahorita que la tasa de retención es del 1%, que no es esa, pero es más o menos esa, ahorita nada más para simplificarlo— vamos a pensar que el banco te retiene el 1%. Es el 1%, pero no de los intereses que te paga, sino el 1% del capital que tienes invertido. Entonces, si te retiene $10,000 pesos, en automático la autoridad sabe que tú tienes invertidos un millón de pesos. No importa cuánto te pagaron de intereses. El tema es que si te retuvieron $10,000 pesos, el banco dice: “Ah, yo ya sé que ahí hay un millón de pesos invertido.” Entonces, ya tienes ahí otro tema. Y último chismoso: si compras un automóvil, los bancos —perdón, las agencias de automóviles— van a informar a las autoridades: “Oye, aquí llegó alguien, compró un automóvil.” Porque también hay otros impuestos al respecto. Otro chismoso: si tú compras un boleto de avión, también se va a decir: “Oye, esta persona está viajando a tal lugar.” Entonces, la autoridad también puede, en un momento dado, mapearte tu estilo de vida.
Julio Zavala: Okay, muy interesante, Gustavo. Y en ese sentido, entiendo que el SAT manda cartas donde te detecta esas discrepancias, y te manda, obviamente, de forma —ya sea a través de buzón tributario, ya sea a través de cartas oficiales— justamente la detección de esa situación.
En ese sentido, ¿qué tendrías que hacer como primer paso si te notifican? Es decir, tú estás feliz por el mundo y, de repente, te llega una carta de invitación o una carta, este, justamente para regularizar esa situación o aclarar la situación. ¿Qué es lo primero que tenemos que hacer?
Gustavo Zavala: Bueno, primero que nada, ahora sí que como dicen por ahí: hay que ir con tu médico. O sea, no quieras automedicarte. O sea, si te llega una de esas cartas, lo primero es ir con el que de verdad te puede sacar de un problema, que es el especialista fiscal o jurídico —llamémosle contador, abogado principalmente.
Ahora bien, afortunadamente, la autoridad en los últimos años ha actuado mediante programas disuasivos y no mediante la aplicación de la ley como tal. ¿Qué quiere decir esto de programas disuasivos? Son cartas invitación, como bien lo mencionas. O sea, son cartas donde no inician, por ejemplo, un procedimiento de discrepancia fiscal —que viene marcado en la ley con toda una mecánica de cómo hacerlo— ni tampoco inicia con auditorías.
¿Por qué? Porque se ha dado cuenta de que les resulta más útil las prácticas disuasivas que las prácticas de fiscalización como tal.
Entonces, si te llega una carta de invitación, la primera recomendación es: atiéndela. Porque, reitero, ellos ya se dieron cuenta de que ganan más mediante ese procedimiento disuasivo que mediante un acto de fiscalización o inclusive un procedimiento de discrepancia fiscal, que puede iniciar administrativamente y luego volverse penal.
Desde luego que, como todo, si tienen elementos, pues se van a ir hasta el último procedimiento. Pero si no, dicen: “Mandamos cartas en general y cada quien… como dicen por ahí: el que esté libre de pecado, que tire la primera piedra”, ¿no? Entonces, cada quien sabrá qué tan limpio, qué tan sucio está, y se preocupará o se ocupará de atender.
Entonces, si te llegan esas cartas, lo recomendable es que lo atiendas de inmediato.
Nada menos hace unos días me llega un cliente y me dice que le llegó una carta invitación, de que no había presentado su declaración anual y que tenía una diferencia de ingresos. Entonces, ¿qué fue lo que hicimos? Bajamos todos los CFDIs, analizamos el tema que tenía, revisamos que sí tenía que presentar la declaración anual, y básicamente lo único que hicimos fue: pagó seiscientos y tantos pesos. Fue todo lo que hizo.
Ahora, ¿con eso qué hizo? Se evitó eventualmente una serie de problemáticas que derivarían en una multa. Sí. Entonces, las multas dependen de los actos, pero ya pueden llegar a ser de $10,000 o $20,000 pesos.
Entonces, a veces es tan simple como: préstale atención a algo y no dejes que ese agujerito se haga un agujerote que termine por echar a perder la ropa, ¿no?
Paola García: Entonces, lo más recomendable es que inmediatamente se atienda.
Gustavo Zavala: Sí, definitivamente. O sea, hace años decíamos: esas cartas invitación son llamadas a misa. No. Ahorita decimos: no, si te llega esa carta, atiéndela. O sea, atiéndela como algo importante. No como algo grave, no como algo delicado, sino como algo importante, precisamente para que no se complique.
Sí, porque a veces es tan sencillo como hacer un amarre, determinar las diferencias, ahora sí que darse cuenta de sobre qué terreno estás parado, y ahora sí actuar en consecuencia.
Paola García: Perfecto. Bueno, y para aclarar, uno de los temas también más comunes que puede generar la discrepancia pueden ser los préstamos mal documentados o depósitos en efectivo. ¿Qué pasa si recibo dinero prestado de algún familiar o de algún amigo? ¿Esto también lo puede considerar el SAT?
Gustavo Zavala: Sí definitivamente Y aquí tiene mucho que ver los montos como ya lo comentamos es decir Eh pues no es lo mismo un préstamo de 5000 de 10,000 pesos que un préstamo de 50,000 de 100,000 de medio millón de pesos o sea tiene que ver mucho ese concepto que le llamamos los contadores importancia relativa Sí entonces eh Como ya decíamos ese tema de los préstamos pues tenemos que ver que queden adecuadamente documentados porque el fisco en desde hace ya varios años maneja un concepto que le llama él la fecha cierta y dice uno Qué quiere decir eso Ah pues que básicamente esté notarizado pero depende No todo es notarización la ley de métodos alternos de resolución de controversias es otra forma también como se puede dar cierta fecha cierta entonces eh una primer forma es pues que exista un documento no que exista de hecho la palabra documento viene de latín que quiere decir dosere que quiere decir enseñar entonces el documento es enseñar algo con eso
Paola García: Claro.
Gustavo Zavala: Sí. Entonces, lo primero es el documento. Lo segundo es el monto: ¿qué monto es, como para saber si puede volverse o no un tema relevante? Y lo tercero es la forma: ¿va a ser en efectivo o va a ser en transferencia? Porque si es en efectivo, el riesgo de un reporte, de que se identifique, es más alto si lo metes en el banco. Obviamente, si todo lo haces por fuera del sistema bancario, va a ser imposible que la autoridad lo detecte.
Paola García: Claro.
Gustavo Zavala: Y también, si es un monto relevante por sistema bancario y efectivo, como ya decimos, es delicado. Primero por el tema de los $15,000; segundo por el tema de los $100,000; y tercero, recordemos lo que dijimos al principio: si ese préstamo excede de $600,000 pesos y no lo declaras, se vuelve un ingreso gravado.
Julio Zavala: Oye, Gustavo, hace rato comentaste un tema que me llamó mucho la atención y me gustaría hacer zoom ahí. Dijiste sobre las consecuencias legales de justamente no atender una situación como esta, que puede convertirse en algo muy delicado. ¿Cuáles son las consecuencias —sin tener un tema alarmista del mismo, pero sí que la gente pueda estar consciente de las consecuencias de no resolver una situación como esta?
Gustavo Zavala: Muy bien. Como ya lo comentábamos, las consecuencias pueden ser desde multas —que ahí, pues, básicamente es una cantidad que tienes que pagar, como cuando pagas una multa de tránsito por un exceso de velocidad— hasta un acto de fiscalización donde te van a buscar, y si van a buscar, es porque quieren encontrar.
Paola García: Claro.
Gustavo Zavala: Y el otro nivel: ahora, si te fiscalizan ahí, pues van a encontrar más cosas. Y el tema va a ser multas —le llamamos nosotros multas de forma y multas de fondo—. La primera es una multa de forma. Si te fiscalizan y encuentran omisiones de contribuciones, puede llegar a haber multas de fondo, que esa es un porcentaje de la contribución omitida.
Sí. Entonces, esas son las consecuencias. Desde luego, hay todavía muchos procedimientos como para evitar eso. Porque —insisto— la autoridad busca no ser tan dura. A pesar de lo que pueda parecer, la verdad es que la autoridad busca no ser tan dura. Y reitero: a pesar de lo que pueda parecer —porque pareciera que, dice uno, de verdad no sigue, o sea, porque manda cartas invitación— de verdad que ellos dicen: “A ver, entiendo que va a haber errores, te doy el tiempo de que lo subsanes.” Entiende también la autoridad la complejidad administrativa, entonces te da la oportunidad.
Pero si de plano ya eres un evasor —dicen ellos— recurrente, consecuente, o sea...
Paola García: Claro.
Gustavo Zavala: Que va a haber consecuencias. Y la consecuencia más delicada es que los temas se puedan hacer penales. Ahora, dice uno: “Ah, es que hablar de temas penales, eso seguramente es para los grandototes.” No. Puede haber temas penales hasta por situaciones menores a $10,000 pesos.
Sí. Entonces, dices: “¿Cómo?” Un ejemplo mucho, muy sencillo: cuando la autoridad llega a embargar algo, dice: “Eh, okay, te voy a embargar esta situación, pero necesito nombrar a un depositario.” Regularmente, suele ser una persona que está al frente de la empresa —puede ser la recepcionista, el contador de la empresa— y se le nombra depositario.
Entonces, la persona dice: “Ah, pues a mí me nombraron depositario.” Pasa el tiempo, por X circunstancia la persona se va del trabajo —o sea, renuncia, lo corren, lo que sea— pero se le olvidó que se quedó de depositario.
Llega la autoridad y dice: “¿Y mi depositario? ¿Y los bienes?” Y cuando encuentra que no hay ni bienes ni depositario, lo busca, ese depositario. Y a veces, insisto, son temas hasta de —por ejemplo, hace años— eran temas de $2,000, $3,000 pesos, y por esos temas iban, buscaban a la secretaria y la metían a la cárcel.
Sí. Entonces, desde luego no tiene que ver con el tema de discrepancia que estamos ahorita tocando. Pero sí tiene que ver con que no podemos minimizar las consecuencias que puede derivar por no atender adecuadamente un acto de autoridad.
Paola García: Perfecto. Entonces, pues recomendable la prevención y las buenas prácticas.
Gustavo Zavala: Definitivamente, definitivamente. Es muy importante. Dice un dicho chino: “Vale más la más pálida de las tintas que la más brillante memoria.” Entonces, definitivamente es importante estar anotando en una libretita, de vez en cuando, algunas cuestiones. Tener la costumbre de anotar: “Oye, hice esto”, o “lo otro”, porque regularmente eso le va a llegar al contador.
Y el contador luego nos pregunta: “¿Y esto de qué fue?” Y dices: “Uh, no me acuerdo de lo que comí la semana pasada, y me estás preguntando lo que pasó hace dos meses.”
Paola García: Sí.
Gustavo Zavala: Sí. Entonces, por eso sí es importante de repente llevar una pequeña bitácora, una libretita, donde estemos tomando ciertas anotaciones, de forma tal que digas: “Ah, mira, ya me acordé. Esto lo hice por acá, y esto lo hice por allá.”
Ahora, el contador te pregunta de lo que ve. Y lo que ve, pues, son los CFDIs. ¿Qué es lo que el contador no ve y que también tenemos que informarle? Los estados de cuenta de nuestras tarjetas de crédito personales.
Paola García: Okay.
Gustavo Zavala: Sí. Eso no lo ve el contador. Y eso es algo que también, a veces, debe uno decirle al contador: “Oye, fíjate que aquí tengo mis consumos de tarjetas de crédito. Me gustaría que me hicieras un análisis o un diagnóstico porque quisiera saber si puedo estar en un riesgo de una discrepancia por el tema de mis tarjetas de crédito.”
Okay, sí. Entonces, ese es otro tema. Porque, inclusive, aunque técnicamente las tarjetas de crédito no son un préstamo, curándonos en salud lo manejamos como préstamo. Sí. Y hacemos una sumatoria de todos esos préstamos a lo largo del año —que, reitero, técnicamente no lo son— pero lo cuidamos de esa forma, sobre todo por experiencias que hemos tenido.
Y declaramos todo eso como préstamo precisamente para el asunto de la discrepancia fiscal. O si es que dispusiste de tanto monto en tarjetas de crédito, ¿y qué crees? Rebasaron esos $600,000 pesos. Entonces, son temas que también se tienen que cuidar.
Julio Zavala: Okay, Gustavo, muy interesante. Ya para la recta final: tres recomendaciones básicas y clave para prevenir o como buena práctica para un empresario de a pie.
Gustavo Zavala: Ay, es algo bastante interesante. Ya decíamos, una de ellas: llevar esa bitácora. O sea, estar anotando, estar llevando un recuento, una libretita donde digas: “A ver, hice esto”, como si fuera tu diario empresarial. Sí. O sea, en lugar de decirle: “Querido diario, hoy me cité con Sutanito.” No: “Querido diario, hoy recibí un depósito de esto. Hoy pagué por este concepto.” O sea, llevar ese tipo de anotaciones donde se acuerde uno de esas cositas que hizo, ¿no? Entonces, es recomendable eso.
Segundo tema: cuida los montos que entran en tu cuenta bancaria. O sea, ¿cómo entraron?, ¿por qué concepto entraron?, ¿cómo los puedes justificar?, ¿cómo los puedes explicar?, ¿si tienen un documento? O sea, tienes que cuidar tus entradas de dinero. “Oye, ¿es más que las salidas?”, mira, no es tanto que sean más que las salidas, sino que, pues, la entrada puede ser que o ya pagó impuesto, o no pagó impuesto, o no deba pagar impuesto. Entonces, tienes que cuidar tu tema bancario.
Y tercer gran recomendación —desde luego puede haber muchas más, pero para mí las principales— es: esa bitácora, ese cuidado de tus controles bancarios. Y cuando digo controles bancarios, no solamente me refiero a tus cuentas bancarias, también tus tarjetas de crédito.
Y número tres: pues siempre —le llamamos nosotros a esas reuniones— ten esas pláticas ociosas con tus clientes. Sí. O sea, de repente, al estar platicando como contadores —ahora como empresarios— tú como empresario busca tener esa plática ociosa con tu contador. Tú como contador, busca tener esa plática ociosa con tu cliente.
Porque de repente, de esas pláticas ociosas, cosas que aparentemente parecen triviales, suelen salir detalles que dicen: “A ver, espérate, me está botando esto, me está surgiendo esto.” Porque también hay algunos empresarios que llegan a consultarte cuando ya hicieron las cosas, sí.
Entonces, lo ideal es: “Oye, quiero hacer esto. ¿Está bien hacerlo así?, ¿está bien hacerlo asá?” O sea, busca estarte asesorando adecuadamente de tu contador, de tu abogado, precisamente para que no vayas a llevar a cabo cosas buenas que parezcan malas, o en otras palabras, situaciones que te puedan meter en un problema por no haberlas hecho adecuadamente.
Paola García: Claro. Así que lo mejor es la prevención, como bien nos dices. Pues bueno, muchísimas gracias. Gracias, Gustavo, por esta plática que nos has dado el día de hoy. Sé que a nuestros empresarios de a pie les va a servir muchísimo y van a tomar en cuenta todos los consejos que nos has compartido el día de hoy. Te agradecemos mucho.
Y bueno, Julio, también un gustazo que, pues, el día de hoy hayamos compartido juntos este micrófono. Invitamos a la gente que nos siga a través de las redes sociales. Yo soy Paola García y me despido. Muchísimas gracias por su atención.
Julio Zavala: Muchas gracias, Paola. Y muchas gracias, Gustavo. Y muchas gracias a ti, que nos escuchas hasta el final de esta charla. Y si nos escuchas en redes sociales, por favor, dale clic en “Me gusta” y compártelo con tus amigos.
Si tienes alguna duda, comentario o sugerencia sobre el contenido de este podcast, escríbenos a podcast@zavalaaguilar.mx. Soy Julio Zavala. Esto fue Empresarios de a Pie, y hasta la próxima.
[Música]
Paola García: Empresarios de a Pie, una producción de Zavala Aguilar.